5. Información sobre la entrada en España: el pasaporte y el visado

Para entrar en España deberás estar provisto de pasaporte en vigor y un visado.

Un visado es una diligencia que se extiende en el pasaporte por los representantes diplomáticos y consulares españoles, que acredita la no existencia de inconvenientes para efectuar la entrada en España.

Existen varias clases de visado. De especial interés para los alumnos extranjeros del Curso MIR Asturias son dos:

  • el visado de estudios (para alumnos que se preparan en España)
  • el visado de estancia o visa de turista (para alumnos que se preparan en su país y vendrán a España solo para hacer el examen).

Puedes ampliar la información en:

https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/_es/tramites_extranjeria.php#

5.1. Información sobre la obtención de la “Visa de estudiante” (Visado de estudios)

Para venir a España a preparar el MIR en las modalidades del Curso MIR Asturias presenciales o a distancia desde otra ciudad española deberás obtener una Visa de estudiante. NO sirve la Visa de turista ya que el tiempo que dura el Curso MIR es superior a tres meses. Para los trámites para obtenerla tienes que dirigirte al Consulado de España de tu país de origen.

La competencia para expedir un visado de estudios corresponde única y exclusivamente a la Sección Consular de la Embajada de España en tu país, quien a su vez depende del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

Cada Consulado tiene sus normas y reglamentos para la obtención de la Visa de Estudiante. Tan pronto como hayas decidido inscribirte en el Curso MIR, debes acercarte a las oficinas Consulares de España en tu país, para enterarte que documentos se exigen en tu país para poder solicitar la Visa de estudiante. Entre los documentos solicitados habitualmente se incluyen:

  • Formulario de solicitud de visado nacional.
  • Fotografía.
  • Pasaporte válido y en vigor.
  • Prueba de la admisión para la actividad de estudios o formación
  • Prueba de la disponibilidad de medios económicos
  • Seguro de enfermedad.
  • Certificado de antecedentes penales
  • Certificado médico.
  • Prueba de la residencia en la demarcación consular.
  • Abono de la tasa de visado.
  • Título de licenciado/ graduado en Medicina y Cirugía. En las Secciones Consulares de la Embajada de España de algunos países requieren que el título esté homologado, en otros es suficiente con que la homologación esté en trámite.
  • Factura de haber abonado el importe de la matrícula en el centro docente que hayas elegido (en nuestro caso, el Curso MIR Asturias).

Si necesitas el Certificado de estar matriculado en el Curso MIR Asturias para obtener una VISA de estudiante, no olvides solicitarla a la Secretaría del Curso con margen de tiempo suficiente, después de haber formalizado la inscripción en el Curso MIR. Ten en cuenta que, si hay algún error en tus datos, será necesario repetir los trámites, y se perderá tiempo importante para ti.

TODOS los documentos deberán estar traducidos al español.

  • Los siguientes documentos deberán contener la Apostilla de la Haya: seguro médico, Certificado médico y Certificado de antecedentes penales.

La vigencia de la autorización de estancia podrá limitarse a la duración de tus estudios. Si esta duración se prolongase más de doce meses, la tarjeta será renovable anualmente, pero si en ese plazo NO te has examinado del MIR, será necesario que abandones España y vuelvas a tu país de origen para efectuar los trámites que correspondan para la renovación

Cuando los extranjeros que participen en estas pruebas permanezcan en España, deberán estar legalmente en nuestro país por lo que el visado/situación/autorización en la que se ampare dicha estancia, deberá encontrarse en vigor (o en situación de renovación) según las previsiones contenidas en la legislación de extranjería que en cada caso resulten de aplicación” (Art 29 y ss de la Ley 4/2000, art 37 y ss del R.D. 557/2011). Al amparo de lo establecido en el art 40.2 del R.D. 557/2011 la prórroga deberá solicitarse durante los sesenta días naturales PREVIOS a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización o durante los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización. En la inscripción al examen MIR, hay que aportar fotocopia compulsada tanto de la tarjeta de estudios/NIE/visado, como del resguardo sellado de su renovación.

La visa de estudios que solicites suele tener una vigencia de 12 meses y debe permitirte presentarse al MIR.

5.2. Información sobre la obtención de la “Tarjeta de estudiante”

El visado de estudios NO es suficiente para permanecer en España durante el período de duración de tus estudios. Necesitarás solicitar además la tarjeta de estudiante, en el plazo de un mes desde la entrada a España. También se te asignará un Número de Identificación de Extranjeros o NIE. En ningún caso se podrá solicitar desde España la Tarjeta de Estudiante si vienes desde el país de origen SIN Visado de estudios o con un Visado de turista.

La tarjeta de estudiante es una autorización de estancia en España por estudios y tienes que solicitarla una vez que estés en España ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde vayas a residir. Estos organismos dependen del Ministerio del Interior. Generalmente los documentos necesarios para la solicitud de la tarjeta de estudiante son:

  • Completar la solicitud oficial
  • Pasaporte en vigor y fotocopia
  • Visado de estudios
  • Seguro médico con la misma vigencia de la autorización de estancia
  • Prueba de la disponibilidad de medios económicos
  • Certificado médico
  • Certificado de antecedentes penales
  • Certificado del centro docente en el que has sido admitido.
  • Factura de haber abonado el importe de la matrícula en el Curso MIR.

Si necesitas el Certificado de estar matriculado en el Curso MIR Asturias para obtener una VISA de estudiante, no olvides solicitarla a la Secretaría del Curso con margen de tiempo suficiente, después de haber formalizado la inscripción en el Curso MIR. Ten en cuenta que, si hay algún error en tus datos, será necesario repetir los trámites, y se perderá tiempo importante para ti.

5.3. Información sobre el Visado de estancia (Visa de turista)

La visa de turista habilita para una estancia ininterrumpida o estancias sucesivas por un período o suma de períodos cuya duración total no exceda de tres meses, a partir de la fecha de la primera entrada

 La visa de turista SOLO sirve para la modalidad desde casa. Esta visa NO sirve para el resto de modalidades presenciales, ya que conllevan estancias en España de más de 3 meses.

Para obtener el visado de turista deberás dirigirte personalmente a las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en tu país: te informarán de los requisitos necesarios para su obtención (varían según el país de origen del solicitante). Como los trámites para su concesión pueden durar meses, tan pronto como te sea posible deberás acercarte a las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en tu país para solicitarlo. En el momento de realizar la solicitud de visado, tendrás que abonar la tasa establecida en cada caso. En el plazo de meses desde la notificación de la concesión, deberás pasar personalmente a recoger el visado.

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