La homologación de tu título de Medicina es un requisito indispensable para poder presentarte al examen MIR.
7.1.- ¿De qué organismo oficial depende?
La competencia para homologar títulos extranjeros de educación superior a títulos españoles universitarios, corresponde a la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones, dependiente del Ministerio de Educación y Ciencia de España.
Los documentos necesarios, lugar de presentación de los mismos y plazos de la homologación se pueden consultar en el Ministerio de Educación y Ciencia (página web: www.mec.es/mecd/titulos/), en donde encontrarás información útil. También puedes acercarte a preguntar personalmente en:
El proceso de homologación de títulos extranjeros es independiente del Curso MIR, y el Curso no puede ayudar ni agilizar los trámites de la misma. |
7.2.- ¿Qué documentos suelen pedir para la solicitud de homologación?
Los documentos necesarios para solicitar la homologación del título de Licenciado en Medicina suelen incluir (esta información no es oficial, consulta con los organismos oficiales pertinentes):
Estos documentos deberán ser oficiales y legalizados por vía diplomática o mediante la apostilla del Convenio de la Haya.
7.3.- ¿Cuáles pueen ser los resultados de la solicitud de homologación?
Los resultados de la homologación pueden ser:
Por la experiencia de años anteriores sabemos que los trámites de homologación pueden demorarse 9-12 meses (y en ocasiones pueden tardar hasta más de un año). Los trámites de homologación suelen incluir los siguientes pasos:
Te rogamos encarecidamente que inicies tus trámites de homologación cuanto antes, pues estos pueden prolongarse. No te confíes por que a compañeros tuyos les hayan homologado a tiempo. No siempre es igual y si no tienes homologado tu título, no podrás presentarte al examen MIR.
7.5.- ¿debo guardar copias de los documentos presentados?
Casi todos los papeles que se necesitan presentar para realizar la homologación, serán después necesarios para realizar la inscripción al examen MIR. Por ello te recomendamos o tener dos copias de todos los documentos presentados, o sacar copia de todos ellos antes de presentarlos.
7.6.- ¿Cuál es el plazo máximo para presentar los documentos que certifican que el título ha sido homologado?
Los plazos se especifican en cada convocatoria. Al no haberse convocado aún el examen MIR de este año, no conocemos aún los plazos límite. La información que resumimos a continuación proviene de la convocatoria del MIR 2007, y puede no ser aplicable a próximas convocatorias. Puedes consultar las bases de la convocatoria 2007 en: |
Si no puede aportar este documento junto con la instancia, se le admitirá condicionalmente al examen. Puede aportar el documento en cualquier momento a partir de la exhibición de la Relación Provisional de Admitidos y hasta que finalice el plazo de reclamación a la Relación Provisional de Resultados, siempre que hubiera obtenido el título o equivalente, como fecha tope, el día anterior a la celebración del examen (19 de enero de 2008, para el examen MIR 2007). Es decir, que el abono de los derechos de expedición del título en el caso de los españoles, o la Resolución de homologación o reconocimiento en el caso de los extranjeros, deben tener fecha anterior al día 19 de enero de 2008 (este dato corresponde a la convocatoria 2007, y varia cada año).
Recuerda: El proceso de homologación de títulos extranjeros es independiente del Curso MIR, y el Curso no puede ayudar ni agilizar los trámites de la misma. |
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