2. Información general sobre el examen MIR

A. ¿Qué es el ”cupo de extranjeros” o límite del número de plazas que pueden elegir los extanjeros extracomunitarios sin permiso de residencia o trabajo?

Todos los médicos de países extracomunitarios que tienen suscrito y en vigor un Convenio de Cooperación Cultural con España pueden presentarse a las pruebas MIR junto con los médicos españoles y comunitarios.

Solo hay un examen, solo hay una lista de plazas y solo hay una lista de nº de orden de todos los presentados al MIR que superaron la nota de corte, clasificados en función de sus resultados en la prueba (90% del examen + 10% del baremo académico).

Pero existe un LÍMITE para el número de plazas de especialización que pueden ser asignadas a los médicos extranjeros extracomunitarios afectados por el cupo de extranjeros (no casados o hijos de comunitarios, sin permiso de residencia permanente, o sin permiso de residencia temporal en España). Ese límite de plazas es lo que se conoce como “cupo de extranjeros”. Dicho “cupo” limita el número de plazas a las que pueden acceder en el MIR a un % de las plazas de la convocatoria. El “cupo de extranjeros” puede variar en cada convocatoria (actualmente del 6%).

B. ¿Que extranjeros están afectados por el límite del “cupo de extranjeros”?

Los médicos extranjeros que se matriculan en el MIR en situación administrativa 4 (con visa de estudios) y 5 (resto de situaciones), están afectados por el límite del cupo de extranjeros.

C. ¿Cuáles son las diferentes situaciones administrativas de los médicos extranjeros que se presentan al MIR?

Las diferentes situaciones administrativas (SIT) de los extranjeros en el MIR son las siguientes:

  • SITUACIÓN EN BLANCO. Los médicos Comunitarios (ciudadanos de países de la UE o que formen parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los ciudadanos de Suiza y del Principado de Andorra). NO están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con su situación en blanco, como los españoles.
  • SITUACIÓN 1. Los médicos extracomunitarios asimilados (médicos cónyuges o parejas con unión análoga a la conyugal o médicos hijos y dependientes, de los ciudadanos comunitarios). NO están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 1.
  • SITUACIÓN 2. Los médicos extracomunitarios con permiso de residencia permanente (ciudadanos extracomunitarios que residen en España con permiso definitivo por trabajo u otras circunstancias que no sean permiso por estudios). NO están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 2.
  • SITUACIÓN 3. Los médicos extracomunitarios con permiso de residencia temporal (ciudadanos extracomunitarios que residen en España con permiso temporal por trabajo u otras circunstancias que no sean permiso por estudios). NO están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 3.
  • SITUACIÓN 4. Los ciudadanos extracomunitarios que están en España por autorización de estancia por Estudios, SI están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 4.
  • SITUACIÓN 5. Los ciudadanos extracomunitarios que no residen en España y habiéndose inscrito en las pruebas vienen a examinarse, generalmente con visa de turista. SI están afectados por el LÍMITE del cupo (este grupo sale como RESTO SITUACIONES). En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 5.

D. ¿Cómo funciona el cupo de extranjeros?

El cupo es un LÍMITE máximo de plazas que pueden asignarse, en cada convocatoria, a médicos extracomunitarios no asimilados, y sin permiso de residencia permanente o temporal en España. NO es una reserva de plazas, ni general, ni por especialidad, ni por hospital. Todos los médicos españoles y extranjeros admitidos hacen el mismo examen, en las mismas aulas y optan a las mismas plazas de cualquier especialidad y de cualquier hospital y acuden a los mismos actos de asignación de plaza, el mismo día y a la misma hora (según su número de orden). La única diferencia para todos es el nº de orden obtenido en las pruebas y es por ese nº de orden por el que son llamados a elegir y se les asigna la plaza elegida, escogida por cada uno entre las que han dejado “libres” los que han elegido por delante de él porque obtuvieron mejor nº de orden.

Los resultados salen publicados en las mismas listas del Ministerio, incluyendo a todos los médicos españoles y extranjeros admitidos. Solo hay una lista de resultados, ordenada alfabéticamente y que contiene, entre otros datos, el nº de orden obtenido en las pruebas (examen + baremo). Todos son llamados a elegir plaza por ese orden en diferentes días, solo en función del nº de orden. El ordenador del Ministerio sabe quién está o no afectado por el LÍMITE del denominado cupo de extranjeros.

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